Rebelión - 21 de octubre del 2001

Las reformas penales en Chihuahua

Mano suave para violadores

Daniela Pastrana/Masiosare

Un violador que sea "provocado" puede ser castigado con un año de prisión. Si el agredido se dedica a la prostitución y "da su consentimiento", así sea menor de edad, ni siquiera se castiga. Y en última instancia, la libertad del violador puede definirse a discrecionalidad del Ejecutivo estatal.

Esas son algunas de las reformas penales que la semana pasada aprobaron los diputados del PRI en Chihuahua, un Estado en el que la violencia contra las mujeres es alarmante.

La explicación del diputado Alejandro Domínguez, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso de Chihuahua, parecía más bien un chiste malo: con las reformas penales -argumentó el miércoles en la radio- se buscó disminuir las penas de prisión, porque las cárceles tienen sobrecupo y ya no caben tantos presos.

"Estarían parados", dijo el legislador priísta, quien el 7 de agosto presentó la iniciativa que ha conmocionado a los grupos de defensa de las mujeres en el Estado.

Porque los delitos que la bancada del PRI en el Congreso estatal decidió perdonar (o para los cuales disminuyó las sanciones) son los sexuales.

Es decir, justo en un Estado donde la violencia contra las mujeres es alarmante (suman ya más de ciento ochenta casos de mujeres violadas y asesinadas desde 1993), los legisladores del partido que gobierna la entidad decidieron que son los violadores los que ya no deben estar apretados en las cárceles.

En la entrevista de radio, Domínguez admitió que no conocía a fondo todas las reformas (aunque él presentó la iniciativa), pero dijo que confiaba en sus asesores. Luego machacó el argumento que los diecisiete diputados del grupo parlamentario del PRI han esgrimido como defensa: las sanciones son más duras que las del "Código Penal vigente", aprobado en 1987.

Habrá que ver qué entienden por dureza. Las penalidades aumentan, sí, con respecto al código de hace 14 años. Pero se mantienen expresiones tan increíbles como que la víctima de estupro debe comprobar que es "casta y honesta".

O, lo que es peor, incluyen términos que abren la puerta a la eliminación de las sanciones. Por ejemplo, la "provocación" del "agente pasivo" (violado, para mayor precisión) puede lograr que la pena de prisión baje hasta ser de un año.

Y si el agredido ejerce la prostitución y "da su consentimiento", así sea menor de edad, se exime de cualquier culpa al violador.

La introducción (vaginal o anal) de "un objeto distinto del miembro viril" deja de equipararse con la violación y pasa a ser "abuso". Será que un palo de escoba metido a la fuerza no hace el mismo daño, pues.

Los delitos sexuales se siguen por querella y no por oficio y, en última instancia, queda a discrecionalidad del Ejecutivo estatal otorgar el beneficio de la preliberación. Una joya.

Los flamantes legisladores del PRI, que ya no ven lo duro sino lo tupido de las críticas, firmaron un desplegado que se publicó el miércoles a una plana en los diarios locales. En él comparan sus reformas con el "código vigente" y acusan a sus detractores de politizar la discusión aprovechando el conflicto poselectoral luego de la anulación de los comicios de alcalde en Ciudad Juárez.

La abogada Irma Campos, vocera del Grupo 8 de Marzo, revira: "No estamos politizando nada, sólo estamos registrando un hecho: los del PRI son los que han votado esta ley".

-Argumentan que hay avances con respecto al código vigente...

-Sí, claro. También si lo comparas con el de 1931 hay avances. Pero no se trata de compararlo con agosto de 1987, porque entonces no había los acuerdos internacionales y los avances en otras legislaciones que ahora sí hay. Lo que estamos peleando es la ley que se aprobó en enero de este año por unanimidad de todos los partidos y que fue derogada por decreto. Esa es la otra parte de la historia.

La ley frustrada

Lo que desde la oposición llaman el albazo priísta comenzó en mayo de 1999. Para hacer frente a la alarmante violencia, el gobierno del Estado, el Supremo Tribunal de Justicia, el Congreso local, las universidades autónomas de Chihuahua y de Ciudad Juárez, y la Federación de Colegios, Barras y Asociaciones de Abogados, convocaron a una serie de foros y consultas sobre seguridad pública y justicia en las principales ciudades: Juárez, Parral, Cuauhtémoc, Nuevo Casas Grandes, Creel y Chihuahua.

De la presentación de más de trescientas ponencias nació, en septiembre del año pasado, el anteproyecto de reforma integral al Código Penal.

Siguieron cuatro meses de discusión. Hasta que los involucrados se pusieron de acuerdo. Con el consenso de los tres grupos parlamentarios, el dictamen fue presentado el 23 de enero de este año.

En la votación particular, los diputados del PRD y el PAN pidieron que se quitara del delito de estupro la expresión de "mujer casta y honesta", que ya existía en el código anterior. Perdieron el punto.

En lo general, empero, consideraron que incluía muchas de las propuestas surgidas de los foros. Así que la reforma se aprobó por unanimidad. Y todos eran felices.

La reformas serían vigentes en noventa días a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, lo que finalmente ocurrió el 24 de febrero. El decreto 797/01 fue firmado por el gobernador interino, Víctor Emilio Anchondo Paredes, y el procurador general de Justicia encargado del despacho de la Secretaria General de Gobierno, Arturo Rascón González.

Pero el 17 de mayo, sin explicación de por medio, el Ejecutivo emitió un nuevo decreto que establecía como único artículo que las reformas entrarían en vigor ciento ochenta días después de su publicación en el Periódico Oficial. Había que esperar, entonces, hasta el 24 de agosto.

El 7 de agosto, el diputado Alejandro Domínguez sorprendió a los diputados de la oposición al presentar una iniciativa para "modificar, adicionar y derogar diversas disposiciones del decreto 797/01". En realidad, era una derogación total.

La iniciativa fue turnada a comisiones ese mismo día. Pero -acusa la diputada perredista Alma Gómez- nunca se reunieron para nombrar la presidencia de los trabajos, como establece la Ley Orgánica del Congreso. El dictamen, empero, se incluyó en el orden del día del 20 de agosto.

Cuatro días antes, el diputado panista Manuel Tarín Baca intentó frenar la iniciativa priísta al promover una nueva prórroga de treinta días para la entrada en vigor de las reformas de enero. "Hay que discutirlo más", argumentó. Los priístas se negaron.

El 17 de agosto, Alma Gómez y el panista Héctor Arreola, ambos integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, volvieron a promover una prórroga. Tampoco pasó.

El lunes 20, grupos de mujeres bloquearon la entrada al recinto oficial del Congreso, en un esfuerzo más bien desesperado por evitar la consumación del albazo.

Los diecisiete diputados del PRI -que son mayoría, pues la oposición junta suma dieciséis legisladores- cambiaron la sede y sesionaron en el restaurante Los Canastos.

Ahí -según distintas versiones- se aprobaron las reformas al Código Penal, con el voto incluido de las diputadas Isela Torres y Dominga Domínguez, las únicas mujeres de la bancada tricolor. Dos días después, el miércoles 22, las reformas se publicaron en el periódico oficial.

Las "consultas" de los magistrados

Cero tolerancia a los violadores. Esa fue la consigna de un centenar de mujeres que vestidas de negro y con túnicas blancas manchadas de rojo marcharon el miércoles por los pasillos del palacio de gobierno y del Congreso.

Los legisladores del PRI no salieron de sus oficinas. Las mujeres fueron después al Supremo Tribunal de Justicia y junto a la estatua de la justicia pusieron una tumba con flores quebradas y muertas.

No es para menos. Las mujeres violadas y asesinadas en Ciudad Juárez suman ya más de ciento ochenta en siete años, según los recuentos de los grupos contra la violencia hacia las mujeres.

El Estudio criminológico de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez (publicado dentro de la serie Ensayos Jurídicos que elaboran estudiantes y profesores de la licenciatura en Derecho del Centro Universitario de los Altos) es tajante:

"No es aventurado pensar, a manera de conclusión, que estos problemas se seguirán presentando en diferentes ciudades de la frontera, como consecuencia de los movimientos migratorios, la política económica del país y el narcotráfico, mientras las autoridades judiciales no realicen adecuadamente las investigaciones pertinentes".

A los diputados priístas, ya se ve, no parece importarles mucho estas consideraciones. Sobre todo, si se trata de que los violadores no "estén parados" en la cárcel. Y todo indica que ese es también el criterio de los administradores de la justicia.

En Chihuahua se sabe que las controvertidas reformas fueron elaboradas por tres magistrados de las salas penales: Juan Manuel Avalos, José Chávez Aragón, y Mauro Carrasco García. Ellos niegan la autoría, aunque han aceptado que fueron "consultados".

El miércoles pasado, empero, el presidente del Supremo Tribunal, Pablo Zapata Zubiaga, perdió la calma. Frente a la manifestación de las mujeres salió gritando que se bajaran de la estatua y amenazó con encarcelarlas. Luego enarboló una defensa de las reformas aprobadas.

"Es realmente grave -evalúa la diputada Alma Gómez-; los que hicieron la iniciativa son los que van a aplicar la ley".

La perredista todavía no encuentra explicación a lo que pasó. "Es un abuso autoritario de la mayoría (priísta), pero ¿para qué? ¿A quién quieren beneficiar? No sabemos..."

La abogada Irma Campos tiene una definición muy clara: "El patriarcado y el machismo no los dejaban vivir en paz".

¿Qué sigue?

Los recursos de inconstitucionalidad, basados en el derecho a "una vida libre de violencia" que establece la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aceptada por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos en 1994, al que México está suscrito. Y la movilización social.

El asunto se complica, efectivamente, por la efervescencia poselectoral. El Congreso local se renovará en octubre y nuevamente el PRI tendrá mayoría (en Juárez se anuló la elección local, pero sólo de la alcaldía; los distritos ganados por el PRI no fueron afectados por la decisión del tribunal electoral).

Habrá que ver. Mientras tanto, resume Esther Chávez Cano, de la organización Casa Amiga: "las reformas son un retroceso enorme".

Las reformas

El miércoles 29, los diecisiete diputados del PRI firmaron un desplegado en distintos diarios locales en los que acusan a sus críticos de politizar el debate y comparan sus reformas con el "código vigente" (de 1987).

El desplegado, empero, no menciona las variaciones con respecto a lo que ellos mismos aprobaron en enero. A continuación, algunos de los puntos más cuestionados:

* La provocación

El código de 1987 establecía una sanción por el delito de violación de dos a nueve años de prisión. La reforma de enero aumentaba la pena de cuatro a doce años y establecía una multa de cincuenta a cien veces el salario mínimo.

La reforma aprobada por los priístas mantiene la multa y la pena de prisión queda de tres a doce años.

Sin embargo, el artículo 239 incluye un párrafo que no estaba en ninguno de los textos anteriores: "Cuando el sujeto pasivo se niegue a la realización de la cópula habiéndola provocado, por actos conducentes a ésta, practicados directamente con el agente, a éste se le aplicarán de uno a seis años de prisión".

En castellano: Cuando el violado "provoque" la cópula, la pena baja.

* La prostitución de los niños

Las reformas de enero establecían, en la fracción I del artículo 240, que la violación sería sancionada con prisión de seis a veinte años y multa de doscientos salarios mínimos si el agredido es menor de catorce años "aun cuando hubiese otorgado su consentimiento".

La reforma aprobada regresa al código anterior, con una pena de cinco a quince años de prisión y multa de ochenta a doscientos salarios.

Pero el artículo 241 aclara: "No se aplicará sanción cuando se compruebe plenamente que la persona ofendida, siendo mayor de doce años y dedicándose a la prostitución, dio su consentimiento".

* Abuso, no violación

En las reformas frustradas, la penetración con un objeto distinto al pene se equiparaba a la violación (artículo 242) y se castigaba con prisión de tres a diez años, o de cuatro a quince y multa de cincuenta a cien salarios mínimos si tenía algún agravante (si el agredido es menor o discapacitado).

Las reformas aprobadas incluyen "la introducción vaginal o anal de cualquier objeto distinto del miembro viril" en el artículo 245, que se refiere al delito de "abuso sexual" y que tiene penas menores: prisión de 2 a 6 años o de 4 a 12, si hay agravantes.

* La discrecionalidad

En ninguno de los textos, los violadores pueden alcanzar fianza, ni ser indultados. Pero el artículo 74 del código aprobado deja como "facultad discrecional" del Ejecutivo otorgar el beneficio de la libertad preparatoria.

* La reparación

En el código que se aprobó en enero había un punto novedoso que fue muy publicitado: la reparación del daño con una pensión alimentaria en caso de que hubiese hijos producto de la violación. Las reformas aprobadas eliminaron el punto.

La explicación, difundida en un boletín del Congreso el 14 de agosto, es de antología: "Entre los aspectos más importantes que se incluyen en ese documento destacan la eliminación de la fracción relativa a la condena por el concepto de alimentos en los casos de estupro, violación, ya que podría presentar múltiples conflictos procesales, además con ello se condenaría al reo a una especie de servidumbre, sobre todo tratándose de los alimentos a favor de la mujer, pues al no señalarse un término debería entenderse que tal derecho sería vitalicio".