Rebelión - 18 de febrero del 2002
OMCT lamenta decisión
de la Corte Internacional de Justicia
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Ginebra, 15 de febrero de 2002. La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) lamenta la decisión de la Corte Internacional de Justicia del 14 de febrero del 2002, según la cual, bajo la legislación internacional, los ministros de Relaciones Exteriores disfrutarán de inmunidad contra procesamientos fuera de sus países. La decisión de la Corte, que dictamina que un ministro de Relaciones Exteriores no podrá ser procesado en un Estado extranjero por crímenes internacionales tales como crímenes de guerra, genocidio o crímenes contra la Humanidad, es un serio golpe a los esfuerzos por obtener justicia para las víctimas de tales crímenes. El dictamen podría bien tener como consecuencia la impunidad de personas responsables de algunas de las más serias violaciones a los Derechos Humanos internacionales y a la legislación humanitaria. El caso fue llevado ante la Corte por la República Democrática del Congo y era relativo a la legalidad de la orden internacional de captura emitida el 11 de abril del 2000 por Bélgica contra el entonces ministro de Relaciones Exteriores de la República Democrática del Congo, Sr. Abdulaye Yerodia Ndobasi por "serias violaciones a la legislación humanitaria". Aunque la Corte declaró que si bien la inmunidad "no puede exonerar de toda responsabilidad criminal a las personas a quienes se aplica", de todos modos dictaminó que al emitir y circular la orden de captura Bélgica había violado una obligación legal al no respetar la inmunidad e inviolabilidad del ministro. La Corte, sin embargo, explícitamente reconoció que un ministro de Relaciones Exteriores podría ser sujeto a procedimientos criminales ante tribunales y cortes internacionales. La decisión podría obstaculizar seriamente los actuales esfuerzos en la lucha contra la impunidad. Una serie de tratados internacionales tales como las Convenciones de Ginebra y la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura requieren que los individuos responsables de ciertos crímenes internacionales sean procesados indiferentemente del lugar donde se encuentren. Durante muchos años, estas provisiones fueron raras veces aplicadas y sólo recientemente ha empezado a surgir una práctica de procesar tales crímenes. La noción de que a ninguna persona se le considere por encima de la ley constituye una parte importante de la lógica que sustenta esta tendencia. Pese al serio retroceso que la decisión de la Corte representa, la OMCT y los integrantes de la red SOS-Tortura de la OMCT continuarán esforzándose para asegurar que todas las personas responsables de graves violaciones a los Derechos Humanos y a la legislación humanitaria sean procesadas y castigadas. A este respecto, la OMCT celebra la inminente entrada en vigencia de la Corte Penal Internacional, que asegurará que los Estados cumplan sus obligaciones de procesar por sus actos a aquellos individuos responsables de crímenes tales como genocidio, crímenes de guerra y crímenes contra la Humanidad. |