Amnistía Internacional - 30 de octubre de 2003
Sudán: condenan a la "amputación cruzada" a un menor
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El 14 de octubre, Mohamed Hassan Hamdan, de dieciséis años, miembro de grupo étnico ja'afra (grupo árabe de Darfur Meridional), fue condenado a la "amputación cruzada" (amputación de la mano derecha y del pie izquierdo) por un tribunal especial de la ciudad de Nyala, Estado de Darfur Meridional. Este castigo constituye tortura y contraviene los tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por Sudán. En agosto de 2003, Mohamed Hassan Hamdan fue detenido junto con cinco adultos en la provincia de Rehad al-Birdi, al sureste de Nyala, por sospecharse que había participado en un ataque armado contra un grupo de personas en Darfur. Los seis fueron acusados de "robo armado" (haraba) en aplicación el artículo 167 del Código Penal de Sudán, y se declararon inocentes. El juicio se celebró ante un tribunal especial cuyas actuaciones no respetan las normas internacionales de imparcialidad procesal. Al parecer, los testigos de cargo identificaron a Mohamed Hassan Hamdan como el asaltante que había herido a una persona de un tiro en la pierna y, como consecuencia, fue el único encausado al que se declaró culpable. Su abogado, que estaba ausente durante la última vista del juicio en la que fue declarado culpable, ha interpuesto un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Darfur. De rechazarse el recurso, el condenado tendrá derecho a apelar ante el Tribunal Supremo, en la capital, Jartum. Si el Tribunal Supremo confirma la sentencia, ésta podrá ejecutarse en cualquier momento. Mohamed Hassan Hamdan está recluido en la Prisión de Nyala en espera del resultado de su apelación. INFORMACIÓN GENERAL Durante los últimos años, la seguridad y el respeto a los Derechos Humanos se han visto socavados en Darfur por un creciente número de ataques, entre ellos ataques de grupos nómadas contra grupos sedentarios. Los tribunales especiales de Darfur fueron creados en 2001 tras la declaración de un estado de excepción en la región. Estos tribunales se ocupan de delitos relacionados con el robo armado, el bandolerismo, la posesión ilegal de armas y los homicidios. Los tribunales especiales imponen penas severas tras juicios sumarios y carentes de imparcialidad en los que no se garantizan los derechos de la defensa, lo que ha causado un brusco aumento de las penas de muerte y otras penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes. El Código Penal sudanés, basado en parte en interpretaciones de la ley islámica, permite la imposición de penas como el azotamiento y la amputación. Si bien no adopta postura alguna con respecto a la ley islámica ni a ninguna otra ley religiosa, Amnistía Internacional considera que estas penas son castigos crueles, inhumanos y degradantes que no concuerdan con las obligaciones contraídas por Sudán en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Además, la imposición de este tipo de pena a un menor de edad contraviene la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, en la que Sudán es Estado Parte. El artículo 37.a de la Convención dispone que los Estados deben velar por que "ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes". En octubre de 2002, en sus observaciones finales sobre el informe del Gobierno sudanés, el Comité de los Derechos del Niño recomendó que Sudán pusiera fin a la imposición de castigos corporales, incluida la flagelación, la amputación y otras formas de penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes a personas que puedan haber cometido delitos cuando tenían menos de dieciocho años. Ver también la versión completa de esta acción urgente. |