Amnistía Internacional - 28 de noviembre de 2005
Eslovenia: el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
pide a las autoridades que remedien las violaciones de Derechos Humanos
sufridas por las personas 'borradas'
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Amnistía Internacional ha pedido hoy a las autoridades eslovenas que apliquen con carácter inmediato las recomendaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (en adelante el Comité), emitidas el 25 de noviembre de 2005 después de examinar el informe inicial de Eslovenia sobre las medidas adoptadas para hacer efectivos los derechos proclamados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Con anterioridad al examen del informe de Eslovenia, Amnistía Internacional había presentado un informe por escrito al Comité. El documento "Slovenia: The 'erased' - Briefing to the UN Committee on Economic, Social and Cultural Rights", publicado hoy, expone con detalle los motivos de preocupación de la organización respecto a las violaciones de Derechos Humanos asociadas a la situación no resuelta de las personas que fueron suprimidas del registro oficial esloveno de residentes fijos en 1992 (los denominados "borrados"), incluida la falta de acceso a una reparación plena por las violaciones de Derechos Humanos padecidas a causa de su eliminación del registro. El Comité concluyó que la situación de los borrados comportaba violaciones de los derechos económicos y sociales de estas personas, como el derecho a un empleo, seguridad social, asistencia médica y educación. Incluso expresó su malestar por la falta de información sobre la situación actual en relación con el disfrute de los derechos proclamados en el Pacto por parte de estas personas. El Comité instaba a Eslovenia a adoptar todas las medidas necesarias, legislativas y de otra índole, para remediar la situación de los nacionales de los Estados de la ex Yugoslavia que han sido "borrados" al haberse eliminado sus nombres de los registros de población en 1992, y le recomendaba encarecidamente que restituyera la condición de residentes fijos a todas las personas afectadas, de conformidad con las decisiones pertinentes del Tribunal Constitucional esloveno. Tales medidas deben permitir a estos individuos reclamar sus derechos y recuperar el acceso a los servicios médicos, la seguridad social, la educación y el empleo. El Comité solicitaba asimismo a Eslovenia que en su próximo informe periódico hiciera constar los avances en este sentido. Información complementaria El 26 de febrero de 1992, al menos dieciocho mil trescientas cinco personas con residencia fija en Eslovenia antes de que el país se independizara fueron suprimidas de manera ilegal del registro esloveno de residentes fijos. Las personas borradas, muchas de ellas romaníes, procedían en su mayoría de otras repúblicas ex yugoslavas y residían en Eslovenia. No todas estas personas habían solicitado o les había sido denegada la ciudadanía eslovena en 1991 y 1992 después de la proclamación de Eslovenia como Estado independiente. El derecho de residencia permanente en Eslovenia se les denegó ex oficio (por iniciativa del Estado) con el argumento de que no eran ciudadanos eslovenos. Sin embargo la medida no se aplicó a otros ciudadanos extranjeros que también tenían la residencia permanente en el territorio de Eslovenia, por lo tanto era discriminatoria. Como consecuencia de su eliminación del registro, se convirtieron en residentes ilegales en Eslovenia; contra algunos de ellos se dictaron órdenes de expulsión y tuvieron que abandonar el país. Como personas extranjeras o apátridas sin derecho de residencia permanente en Eslovenia, los borrados no podían tener legalmente un empleo (y, como consecuencia, perdían la pensión o veían mermada su cuantía), perdieron el derecho a unos servicios generales de asistencia médica y, en algunos casos, dejaron de tener acceso a la educación secundaria. Por todo ello, Amnistía Internacional considera que la situación de los "borrados" plantea motivos de preocupación acerca del incumplimiento por parte de Eslovenia de su obligación de respetar los derechos de estas personas, como su derecho a un empleo, seguridad social, asistencia médica y educación. A pesar de que el Tribunal Constitucional de Eslovenia ha ordenado a las autoridades eslovenas en dos decisiones distintas que restituyan la condición de residentes fijos a todas las personas borradas, hasta la fecha no lo han hecho. Tampoco han proporcionado otras formas de reparación, incluidas indemnizaciones, por las violaciones de Derechos Humanos que han padecido estas personas. |