Amnistía Internacional - 15 de marzo de 2006

Ruanda: los informes sobre ejecuciones extrajudiciales
en el centro de detención militar de Mulindi
deben ser objeto de una investigación independiente

Amnistía Internacional ha pedido hoy (15 de marzo) al Gobierno ruandés que establezca una comisión independiente para investigar los informes sobre posibles ejecuciones extrajudiciales cometidas por la policía militar en el centro de detención militar de Mulindi el 21 de diciembre de 2005 y que haga comparecer ante la justicia a los presuntos autores, incluidos sus superiores, que según los informes dieron la orden de disparar contra los presos desarmados.

El 21 de diciembre de 2005, al menos tres reclusos del centro de detención militar de Mulindi perdieron la vida y más de veinte resultaron con heridas de gravedad debido a la actuación de la policía militar.

Según la información que ha recibido Amnistía Internacional, los fallecidos eran el soldado Ruzindana, el soldado Assimwe Munyarubuga y el soldado Assiel Karinganire.

El centro de detención militar de Mulindi, situado en la capital, Kigali, alberga a una población reclusa de entre dos mil y tres mil internos pese a que oficialmente tiene capacidad para mil. Los presos del centro son ex combatientes de las Fuerzas Armadas Ruandesas o del Ejército Patriótico Ruandés.

Sólo recientemente han salido a la luz los detalles de lo sucedido. La versión oficial de las autoridades ruandesas es que la policía militar intentó impedir que los presos les robaran las armas para realizar una protesta violenta en la prisión. Se ha pedido a la fiscalía militar que investigue estas alegaciones.

A Amnistía Internacional le preocupa que esta investigación no ofrezca las garantías necesarias de imparcialidad e independencia. La organización ha recibido información que contradice la versión oficial del Gobierno sobre los sucesos.

Los informes indican que el 21 de diciembre, los guardias agredieron a un preso del centro de detención de Mulindi por consumir cánnabis. El incidente desencadenó una oleada de descontento entre algunos reclusos, que venían quejándose de malos tratos en el centro y de que no se habían beneficiado de la reciente libertad condicional concedida a los presos civiles.

Según los informes, en respuesta, varias decenas de presos hicieron una protesta y bloquearon el patio interior. La administración de Mulindi, considerando la situación crítica, llamó a la policía militar. Esta, al llegar al centro, intentó abrir las puertas del patio y, al no lograrlo, lo rodearon y comenzaron a disparar contra los presos desarmados con kalachnikovs y ametralladoras.

Si se confirma esta versión de los hechos, el hecho de que la policía militar disparase contra presos desarmados constituiría una violación del derecho a la vida y un uso excesivo de la fuerza.

Los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, de la ONU, que representan las normas mínimas que deben cumplir estos funcionarios, incluyen una limitación estricta del uso de la fuerza y, en concreto, establecen que "sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida."

Amnistía Internacional pide una investigación exhaustiva, inmediata e imparcial de estos hechos. Dicha investigación, para que sea efectiva, debe aplicar el marco legal del Derecho Internacional de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, y en concreto, los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, de la ONU, e incluir autopsias adecuadas, la recogida y el análisis de todas las pruebas físicas y documentales, así como declaraciones de testigos. Las conclusiones de esta investigación deben hacerse públicas.

Si se obtienen pruebas suficientes, las autoridades competentes deben hacer comparecer ante la justicia a todos los presuntos responsables de las muertes y heridas de los reclusos.

Información complementaria

El 1 de enero de 2003, el presidente de Ruanda promulgó un decreto que concedió la libertad condicional a alrededor de cincuenta mil presos.

Tras esta decisión, entre el año 2003 y 2005 fueron puestos en libertad provisional varios miles de reclusos por haber confesado su implicación en el genocidio.

La última oleada de excarcelaciones, en agosto de 2005, puso en libertad provisional a treinta y seis mil presos. Pocos de ellos han sido juzgados. Algunos ya habían permanecido en prisión más tiempo que la pena máxima que habrían recibido si hubieran sido declarados culpables de los delitos de los que estaban acusados.

Las decisiones se adoptaron en parte para juzgar a los detenidos en tribunales "gacaca", donde tendrían que facilitar más información sobre los crímenes cometidos por otras personas, pero también para resolver el problema del hacinamiento del sistema penitenciario. El hacinamiento y la precariedad de las condiciones higiénicas de los centros de detención ruandeses constituyen a menudo un trato cruel, inhumano y degradante.