Amnistía Internacional - 29 de noviembre de 2006
Estados Unidos: enésimo caso de falso testimonio
que provoca una condena a muerte
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Lo que sigue es una actualización de una acción urgente del 24 - XI - 2006 Un testigo de cargo clave del juicio de 1985 contra Ángel Nieves Díaz se ha retractado de su testimonio, que fue una parte fundamental de las pruebas y testimonios por los que se declaró a Díaz culpable de asesinato. El 27 de noviembre, los abogados de Ángel Díaz presentaron una nueva moción basada en este nuevo hecho. Sigue estando previsto que Ángel Nieves Díaz sea ejecutado en Florida el 13 de diciembre. Fue condenado a muerte en 1986 por el asesinato, durante un robo, de Joseph Nagy, encargado de un bar, en Miami. Joseph Nagy era el encargado del bar Velvet Swing Lounge. Murió de un disparo el 29 de diciembre de 1979 cuando tres hombres robaron en el establecimiento. No hubo testigos presenciales del disparo. Ángel Díaz y Ángel Toro fueron acusados de asesinato en primer grado en 1984, pero el juicio se retrasó hasta diciembre de 1985. Para entonces, Ángel Toro se había declarado culpable de asesinato en segundo grado a cambio de una pena de cadena perpetua. La ex novia de Ángel Díaz testificó que, la noche del delito, éste le había dicho que Ángel Toro había disparado contra un hombre durante el robo. El testimonio de otras dos personas, que estaban en el bar en el momento del robo, indicaba que Ángel Díaz no había sido el autor de los disparos. Sin embargo, un informador encarcelado, Ralph Gajus, declaró que, mientras estaban en la misma celda, Ángel Díaz había indicado que había disparado a Joseph Nagy. Ralph Gajus ha realizado ahora una declaración jurada en la que manifiesta que su testimonio en el juicio fue falso, que Ángel Díaz nunca le dijo que fuera el autor de los disparos y que no sabía por sus comunicaciones con Díaz quién había disparado a Joseph Nagy. Afirma que su testimonio en el juicio fue motivado por la furia contra Ángel Díaz y por un deseo de obtener el favor de la fiscalía en su propio caso de asesinato. En el juicio, Ralph Gajus había declarado que no le habían prometido nada a cambio de su testimonio. Sin embargo, en la vista de determinación de la pena de su caso un policía había testificado sobre la ayuda que Gajus había prestado a la fiscalía en el caso de Díaz. Durante las deliberaciones del jurado en el juicio de Ángel Díaz, los miembros del jurado pidieron copias del testimonio de Ralph Gajus, pero el juez se negó a proporcionárselas, y dio instrucciones de que el jurado se basara en su recuerdo de lo que el testigo había dicho. El jurado emitió un veredicto de culpabilidad. La retractación de Ralph Gajus pone aún más en duda la fiabilidad de este veredicto. En la vista de determinación de la pena, se alegó como atenuante contra una condena de muerte que Ángel Díaz sólo había sido cómplice del delito, pero no se presentó ningún nuevo testimonio a este respecto. Las investigaciones llevadas a cabo en Estados Unidos han demostrado que una duda residual sobre la culpabilidad es un factor atenuante muy importante a los ojos de los jurados de casos de pena capital. Aunque el jurado recomendó la pena de muerte para Ángel Díaz, lo hizo por únicamente ocho votos contra cuatro, lo que indica una posible duda residual en la mente de los miembros del jurado incluso con el testimonio de Ralph Gajus. Sin él, es posible que más miembros del jurado hubieran votado contra la pena de muerte. En los procedimientos posteriores a la condena se han presentado pruebas y testimonios, no presentados durante el juicio, sobre la infancia de abusos y problemas mentales de Ángel Díaz, y sobre su adicción a las drogas desde los 16 años. También se ha argumentado que la acusación no desveló los indicios de que había sido Ángel Toro quien había disparado a Joseph Nagy. En un memorándum fechado el 6 de febrero de 1984, el fiscal escribió: "En algún momento, los tres sujetos sacaron armas y anunciaron que se trataba de un robo. Se realizaron disparos. Al parecer, el acusado Toro agarró a Gina Fredericks por el cuello y la llevó de vuelta hacia la oficina, donde se encontraba la caja fuerte. Parece ser que la víctima Nagy salió de la oficina en ese momento. El acusado Toro disparó contra Nagy una vez en el pecho, causándole la muerte". Se ha demostrado que los testimonios prestados por personas que se encuentran bajo custodia o se enfrentan a procesamientos penales son frecuentemente poco fiables. La investigación llevada a cabo por la Northwestern University de Illinois ha revelado que el uso de este tipo de informadores era uno de los tres factores más frecuentes en las condenas erróneas a la pena capital en Estados Unidos. Una revisión de 111 de esos casos, de entre 1973 y 2004, en Estados Unidos descubrió el uso de falsos testimonios en el 46 por ciento de los casos. La Comisión sobre Pena Capital, establecida por el gobernador de Illinois tras dictar una suspensión de las ejecuciones en el año 2000, examinó la cuestión de estos testimonios y, en su informe de abril de 2002, concluyó que, incluso con las salvaguardias más estrictas, "la posibilidad de que se presenten testimonios de fiabilidad dudosa sigue siendo elevada, y no es aconsejable imponer una condena de muerte en tales casos". La Comisión de California sobre la Administración Imparcial de Justicia ha emitido recientemente su recomendación sobre el uso de testimonios de informadores. La Comisión, establecida por el Senado de California para examinar las causas de las condenas erróneas y formular recomendaciones para garantizar una administración imparcial y fiable de la justicia penal en el estado, ha recomendado que la Cámara de Representantes adopte una ley que prohíba el uso en juicios penales de testimonios de informadores bajo custodia si no existen pruebas o testimonios independientes que los corroboren. Un estudio realizado recientemente bajo los auspicios del Proyecto de Aplicación de la Suspensión de la Pena de Muerte, del Colegio Estadounidense de Abogados, identificó serios problemas en el sistema de aplicación de la pena capital en Florida, entre ellos el elevado índice de personas excarceladas del "corredor de la muerte" tras demostrarse su inocencia (22 desde 1973: más que en Illinois, donde dio lugar a una suspensión de las ejecuciones), la existencia continuada de disparidades raciales y geográficas, el hecho de que no se requiere unanimidad en el jurado para imponer la pena y el hecho de que no se da peso suficiente a los efectos atenuantes de la discapacidad mental grave. Enlaces relacionados: |